El pasado 12 de noviembre de 2010 un grupo de manifestantes que protestaban pacíficamente frente al Palacio de la Policía por el cumplimiento de la asignación del 4% del PIB que dispone la Ley Orgánica de Educación No. 66-97, fueron agregidos por angentes policiales. Véase el siguiente video: Este hecho indignante y vergonzoso para nuestro país justifica aún más el cumplimiento de la disposición legal pues la ignorancia de los agentes policiales, quienes probablemente acataban órdenes superiores, no permite comprender que se trata de un derecho de libertad de expresión, asociación y reunión pacíficamente. Aún no he escuchado acciones judiciales ni del Ministerio Público correspondiente destinadas a sancionar disciplinaria y judicialmente a los policías que cometieron tal lamentable hecho.
Señores, es solo un 4% cuando debiera ser más, no cabe duda que la Educación es la llave del avance de los pueblos. Los organizadores de las manifestación presentarán contra el Estado Dominicano (incluyendo Ministerio de Hacienda) un Recurso de Amparo para cumplimiento de la Ley de Educación. Alrededor de 164 ONG´s y miles de ciudadanos, quienes han estado firmando en apoyo a la acción judicial, presentarán el Recurso de Amparo por ante la Jurisdicción Contenciosa-Aministrativa, dirgido a exigir la garantía de Derechos Fundamentales, en esta ocasión Derechos Económicos, Sociales y Culturales, al cual pertenece el Derecho a la Educación.
Precisamente, este Recurso de Amparo en cumplimiento del Estado Dominicano del 4% del PIB que asigna la Ley de Educación tiene un interés jurídico adicional. En primer lugar desde el punto de visa del litigio estratégico en Derechos Humanos, la acción judicial del Amparo viene acompañada por una vasta promoción, campaña de convientización y apoyo de la opinión pública por diversos medios de comunicación. En diversos puntos de la ciudad de Santo Domingo (Congreso, Palacio Nacional, Palacio de la Policía) y en otras Provincias del interior del país, se han estado presentando campañas para la obtención de firmas y protestas pacíficas.
En segundo lugar el interés deviene en el tema objeto de Amparo, que es la exigilidad y justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (“DESC”), en este caso es el Derecho a la Educación. Los DESC, tales como Derecho a la Salud, al Trabajo y Seguridad Social, Vivienda, Alimentación, Vestido, Educación entre otros, ciertamente dependen de los recursos económicos del Estado para su satisfacción.
Para escépticos los DESC son de difícil ejecución, especialmente en cuanto a la ejecutoriedad de una Sentencia contra el Estado que para su cumplimiento es necesario la provisión de recursos económicos. Pero yo digo que se trata de obligaciones del Estado de medios y de resultado en relación al Derecho a una Vida digna de las personas y al fin social del Estado. Sl Estado tiene 100 pesos presupuestados para Educación, entonces asigne esos 100 pesos y no lo destine a la corrupción. Así de simple!
Definitivamente el éxito de la Sentencia del Recurso de Amparo independientemente de su resultado constituye un litigio estratégico de Derechos Humanos pues ha despertado la conciencia pública y llevado a discusión el tema. Esperamos que el Estado Dominicano con o sin sentencia en contra cumpla las exigencias a todas luces de un pueblo que clama justicia social.
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